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Tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad (Servicios Sociales)

Tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad (DGSS)


Finalidad

Se persigue la integración y participación de las personas con discapacidad en la vida cotidiana, a través de la eliminación de obstáculos que impide este acceso a las actividades de la ciudad.

 

Descripción del procedimiento:

- Presentación de solicitud y documentación pertinente.

- Verificación.

- Iniciación del expediente a instancia del interesado.

- Resolución mediante orden del Consejero de Economía y Políticas Sociales.

- Registro en la Consejería de Economía y Políticas Sociales.

- Expedición de la tarjeta de estacionamiento.

 

Documentación relacionada:

- Solicitud específica

- Autorización para la cesión de datos de carácter personal

Quien lo puede presentar

Persona física.

Plazos de presentación

Permanente.

Presentación

En la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, en las distintas oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor

Plazo de resolución

90 días.

Efecto del silencio administrativo

No procede

Recursos

Recurso de alzada.

Normativa básica

Pago de tasas

Sí.

Información Adicional

Requisitos:

Podrán solicitar la tarjeta de estacionamiento aquellas personas residentes en Melilla que posean un porcentaje de minusvalía igual o superior al 33% previa valoración del Instituto de Migración y Servicios Sociales u organismo competente de la Seguridad Social.


Observaciones:

- La tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad deberá ser utilizada exclusivamente por el titular de la misma y en las condiciones que se recogen a continuación.

- La tarjeta de estacionamiento habilita a quién la posea, estacionar en los lugares que esta Ciudad Autónoma tiene reservados para ello y estacionar su vehículo por el tiempo imprescindible en las vías públicas siempre que ello no entorpezca la libre circulación de vehículos y peatones.

- El titular de la misma deberá colocarla en sitio visible cuando estacione su vehículo en los lugares referidos en el anterior apartado.

- El uso indebido de la tarjeta por persona distinta de su titular podrá ser motivo de apertura de expediente sancionador que conlleve la retirada de la acreditación en el expediente iniciado al efecto deberá enexcusablemente de ser oído el titular de la tarjeta de estacionamiento.

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Representación (OBLIGATORIO en caso de actuar como REPRESENTANTE)
- Otorgamiento de representación
Documentación requerida
- Solicitud específica
- DNI o Tarjeta de Residencia en vigor.
- Dos fotografías recientes tamaño carné.
- Certificado de Residencia.
- Certificado de la Seguridad Social o IMSERSO en el que se recoja el grado de discapacidad que padece el usuario/a.
- Tarjeta de identificación de propiedad del vehículo.
- Permiso de circulación del vehículo.
- Certificado de estar al corriente del pago del impuesto de tracción mecánica (último recibo).
- Permiso de conducir en vigor.
- En caso de que la persona solicitante sea menor o incapacitada se presentará documentación acreditativa de la representación legal de la persona que lo solicite en su nombre (libro de familia, resolución judicial).
- Fotocopia de la Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y movilidad reducida emitida por el IMSERSO
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