Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
VIII Acuerdo Marco de los Funcionarios de la Ciudad Autónoma de Melilla
IX Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla
Decreto núm. 624 de fecha 12 de julio de 2010
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. BOE núm. 129, de 30 de mayo de 2002.
Observaciones:
- La selección del personal laboral fijo se regirá, además de por lo que proceda de la normativa anteriormente citada, por las normas laborales correspondientes.
- Todas las demás actuaciones que se deriven de los procedimientos de selección se publicarán únicamente en el Tablón de Edictos de la CAM.
- Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Consejero de Administraciones Públicas dictará Orden, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos y sus lugares de exposición, con indicación de los casos de exclusión. Dicha resolución sólo se publicará en el BOME y tablón de Edictos de la Ciudad.
- El plazo para la subsanación de los defectos será de diez días.
Transcurrido el aludido plazo, las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas mediante Orden del Consejero de Administraciones Públicas por la que apruebe las listas definitivas y la designación nominativa de los Tribunales, a los que se les dará publicidad mediante inserción de la resolución en BOME.