Solicitud de licencia de apertura de establecimiento para actividades recreativas clasificadas.
Descripción:
1. Tiene la consideración de apertura:
a) La instalación por vez primera de establecimiento para dar comienzo a sus actividades.
b) La variación o ampliación de la actividad desarrollada en el establecimiento, aunque continúe el mismo titular.
c) La ampliación del establecimiento y cualquier alteración que se lleve a cabo en éste y que afecte a las condiciones de tranquilidad, sanidad y salubridad y cualesquiera otras exigidas por las correspondientes Ordenanzas y Reglamentos de la Ciudad Autónoma de Melilla o generales para su normal funcionamiento, exigiendo nueva verificación de las mismas.
2. Se entenderá por establecimiento industrial o mercantil toda edificación habitable esté o no abierta al público, que no se destine exclusivamente a vivienda, y que:
a) Se dedique al ejercicio de alguna actividad empresarial fabril, artesana de la construcción, comercial y de servicios que está sujeta al Impuesto sobre Actividades Económicas.
b) Aún sin desarrollarse aquellas actividades sirvan de auxilio o complemento para las mismas, o tengan relación con ellas en forma que les proporcionen beneficios o aprovechamientos, como, por ejemplo, sedes sociales, agencias, delegaciones o sucursales de entidades jurídicas, escritorios, oficinas, despachos o estudios.
Requisitos:
Reunir las condiciones de tranquilidad, sanidad y salubridad y cualesquiera otras exigidas por las correspondientes Ordenanzas y Reglamentos de la Ciudad Autónoma de Melilla o generales para su normal funcionamiento, aportando la documentación técnica justificativa.
- Urbanística
- Obras
- Seguridad industrial
- Contaminación acústica
- Medidas de prevención medioambiental
- Sanitaria
Obteniendo para ellos los informes técnicos respectivos favorables.
Documentación relacionada:
- Solicitud específica
- Guía formativa para la tramitación de la apertura de establecimientos