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Solicitud de licencia de pesca marítima de recreo submarina a pulmón libre (Protección Ambiental)

Descripción

Solicitud de licencia de pesca marítima de recreo submarina a pulmón libre (Protección Ambiental)

Finalidad

Solicitud para la obtención de licencia de pesca marítima de recreo para la modalidad submarina a pulmón libre.

La licencia tendrá una validez de 1 año y únicamente será válida en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

A la finalización deberá renovarla aportando Seguro de Responsabilidad Civil y/o Licencia Federativa en vigor, en caso contrario se dará automáticamente la baja de la licencia.

Se deberá aportar certificado médico específico para esta actividad que tendrá validez por un periodo de dos años desde su emisión, debiendo ser renovado a su vencimiento, en caso contrario se dará automáticamente la baja de la licencia.

 

Documentación relacionada:

- Solicitud de la licencia

Quién lo puede presentar

Personas mayores de 16 años con consentimiento de los tutores legales y personas mayores de 18 años.

La licencia para el ejercicio de la pesca marítima de recreo en apnea se concederá a aquellas personas mayores de 16 años que lo soliciten y que acompañen a la solicitud  los requisitos exigidos.

Serán destinatarios de esta licencia para la práctica de pesca submarina a pulmón libre aquellas personas que reúnan todos los requisitos médicos necesarios, tengan en vigor el seguro de responsabilidad civil o posean la correspondiente licencia federativa.

Plazos de presentación

Permanente

Presentación

En la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, en las distintas oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor

> Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad

> Dirección General de Servicios Urbanos

> Oficina Técnica de Protección del Medio Ambiente Urbano

Plazo de resolución

3 meses.

Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos

Recurso de alzada.

Normativa básica

-  Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.

-  Ley 33/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

-  ORDEN de 24 de julio de 2000 por la que se modifica la de 26 de febrero de 1999 por la que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo.

 

Documentación relacionada:

- Política de Privacidad de la Ciudad Autónoma de Melilla

- Tratamiento de datos: RAT1900052 - Servicios Urbanos

Pago de tasas

No.

Información adicional

Esta licencia quedará sujeta a las limitaciones y prohibiciones indicadas en el Real Decreto 347/2011 de 11 de marzo, y la Ley 33/2014 de 27 de diciembre, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas interiores.

Tendrá una validez de 1 año y únicamente será válida en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a presentar
Representación (OBLIGATORIO en caso de actuar como REPRESENTANTE)
Otorgamiento Representacion
Documentación
Solicitud de Licencia de Pesca Marítima de Recreo debidamente cumplimentada
Seguro de Responsabilidad Civil
Licencia Federativa en vigor
Certificado Médico oficial en vigor (deberá renovarse a los dos años)
DNI, Pasaporte o equivalente en el que conste la firma del solicitante o, en su caso, documentación acreditativa de la representación que ostente por cualquier medio admisible en derecho.
Licencia Anterior en caso de renovación
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