Observaciones:
El principal objetivo de este programa es facilitar el uso de medios de transporte accesibles a personas con discapacidad física, gravemente afectadas en su movilidad y que no puedan utilizar los transportes públicos colectivos de la ciudad.
Trata de la concesión de una ayuda económica que, facilite a las personas beneficiarias la utilización del servicio de taxis adaptados para sus desplazamientos personales.
La UECI establecerá un intervalo económico que relaciona el Salario Mínimo Interprofesional y un incremento del 40%
| Tramo por Nº de Miembros UECI | Limite inicial del baremo económico | Nº de bonos máximo año | Limite superior Bar. | Nº de bonos máximo año |
|---|
| 1 | 1,5 veces el S.M.I. | 720 | 1,5 veces el S.M.I + 40% | 540 |
| 2-3 | 2 veces el S.M.I. | 720 | 2 veces el S.M.I + 40% | 540 |
| 4 ó + | 2,5 veces del S.M.I. | 720 | 2,5 veces del S.M.I + 40% | 540 |
Los bono-taxis son de uso personal e intransferible, tendrán un valor unitario de 2€ y se expedirá en las oficinas de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad con carácter semestral.
Los beneficiarios deberán respetar las siguientes condiciones:
1. Las personas beneficiarias entregarán al taxista los bonos que necesiten como pago del servicio realizado.
2. Para proceder a la retirada de los bonos correspondientes al siguiente semestre, los beneficiarios tendrán que devolver la matriz de los talonarios ya consumidos.
3. Los bono-taxis podrán ser destinados a pagar servicios prestados por los taxis accesibles de la ciudad.
4. Las personas beneficiarias del programa y los propietarios de los taxis adaptados deberán poner en conocimiento de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, cualquier anomalía que observen en la prestación del servicio.
Para la adjudicación de la cuantía de bonos se tendrá en cuenta los ingresos de todos los miembros de la Unidad Económica de Convivencia Independiente (UECI), de la que forme parte la persona beneficiaria.
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