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Expedientes de ayuda a Bono-Taxi para personas con discapacidad (Servicios Sociales)

Descripción

Expedientes de ayuda a Bono-Taxi para personas con discapacidad (Servicios Sociales)

Finalidad

El principal objetivo de este programa es facilitar el uso de medios de transporte accesibles a personas con discapacidad física, gravemente afectadas en su movilidad y que no puedan utilizar los transportes públicos colectivos de la ciudad.

 

Descripción del Procedimiento:

Las Solicitudes se presentarán debidamente cumplimentadas en el Registro General, en cualquiera de las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano, y en la Consejería de Bienestar Social y Sanidad.

Una vez recabada toda la documentación exigida, el personal técnico de la Consejería correspondiente, emitirá un informe-propuesta estimatorio o denegatorio, que se elevará para su resolución.

La notificación se realizará en el domicilio de las personas solicitantes, teniendo que pasar el beneficiario a recoger el talonario de los bonos concedidos por las oficinas de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad.

Por último se remitirá regularmente a los titulares de los taxis adaptados el listado actualizado de las personas beneficiarias de los bonos con indicación de su número de usuario.

 

Contenidos Relacionados:

- Solicitud de ayudas individuales de bono-taxi para personas con discapacidad afectadas de graves dificultades de movilidad

- Autorización para la Cesión de Datos de Carácter Personal

Quién lo puede presentar

Persona fisica

Plazos de presentación
Permanente
Presentación
En la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, en las distintas oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor

Consejería de Economía y Políticas Sociales

Dirección General de Servicios Sociales

Plazo de resolución

90 días

Efecto del silencio administrativo
No procede
Recursos

Recurso de alzada

Normativa básica

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

- Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo del Estatuto de Autonomía de Melilla

- Real Decreto 1385/1997, de 29 de agosto, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la CAM, en Materia de Asistencia Social

- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social

- Ley 51/2003, de 2 de diciembre, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad

- Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía

Pago de tasas
Sí
Información adicional

Observaciones:

El principal objetivo de este programa es facilitar el uso de medios de transporte accesibles a personas con discapacidad física, gravemente afectadas en su movilidad y que no puedan utilizar los transportes públicos colectivos de la ciudad.

Trata de la concesión de una ayuda económica que, facilite a las personas beneficiarias la utilización del servicio de taxis adaptados para sus desplazamientos personales.

La UECI establecerá un intervalo económico que relaciona el Salario Mínimo Interprofesional y un incremento del 40%

 Tramo por Nº de Miembros UECILimite inicial del baremo económicoNº de bonos máximo añoLimite superior Bar.Nº de bonos máximo año
11,5 veces el S.M.I.7201,5 veces el S.M.I + 40%540
2-32 veces el S.M.I.7202 veces el S.M.I + 40%540
4 ó +2,5 veces del S.M.I.7202,5 veces del S.M.I + 40%540

Los bono-taxis son de uso personal e intransferible, tendrán un valor unitario de 2€ y se expedirá en las oficinas de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad con carácter semestral.

Los beneficiarios deberán respetar las siguientes condiciones:

  1. Las personas beneficiarias entregarán al taxista los bonos que necesiten como pago del servicio realizado.

  2. Para proceder a la retirada de los bonos correspondientes al siguiente semestre, los beneficiarios tendrán que devolver la matriz de los talonarios ya consumidos.

  3. Los bono-taxis podrán ser destinados a pagar servicios prestados por los taxis accesibles de la ciudad.

  4. Las personas beneficiarias del programa y los propietarios de los taxis adaptados deberán poner en conocimiento de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, cualquier anomalía que observen en la prestación del servicio.

Para la adjudicación de la cuantía de bonos se tendrá en cuenta los ingresos de todos los miembros de la Unidad Económica de Convivencia Independiente (UECI), de la que forme parte la persona beneficiaria.

 

Contenidos relacionados (ampliación de la normativa):

- Política de Privacidad de la Ciudad Autónoma de Melilla

- Tratamiento de datos: RAT1900006-Prestaciones Sociales Relacionadas con la Salud

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a presentar
Documentación requerida
Solicitud
Solicitud según modelo específico
D.N.I de la persona y de todos los miembros de la UECI.
Libro de Familia.
Certificado de discapacidad de la persona solicitante, expedido en el IMSERSO.
Autorización a la Consejería de Bienestar Social, para consulta de datos de todos los miembros de la UECI mayores de 18 años.
Justificante de ingresos de la UECI de la persona solicitante.
Tarjetas de inspección técnica de todos los vehículos que posean todos los miembros de la UECI.
En caso de que la persona solicitante sea menor de 18 o este incapacitada, se presentara documentación acreditativa de la representación legal de la persona que lo solicite en su nombre.
Todos los documentos que la persona solicitante o la Consejería de Bienestar Social y Sanidad estime convenientes.
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