Descripción del procedimiento:
(1) Presentación de solicitud y documentación necesaria.
(2) Verificación.
(3) Baremación.
(4) Emisión del informe social.
(5) Propuesta de valoración por parte de el/la trabajador/a social.
(6) Traslado del expediente al responsable del programa.
(7) Propuesta de resolución.
(8) Resolución por el/la Exmo/a Consejero/a de Bienestar Social y Sanidad.
(9) Notificación.
Requisitos:
- Ser residente en la ciudad de Melilla debidamente autorizado.
- Ser mayor de sesenta (60) años en el momento de la presentación de la solicitud.
- Ser pensionista de jubilación y/o viudedad o cónyuge de Pensionista.
- No superar ingresos económicos equivalentes a 15 veces el SMI (salario mínimo interprofesional).
- En el caso de solicitud de dos (2) cónyuges sin que uno de ellos reciba pensión no superar ingresos económicos equivalentes a 2 veces el SMI.
- No percibir el plus de transporte del IMSERSO