El objeto de estas subvenciones es la puesta en marcha y desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas en la ciudad de Melilla, por parte de aquellas entidades sin ánimo de lucro que se encuentren implantadas en Melilla, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las bases. No son objetos de estas bases los programas deportivos en los que exista alguna fórmula de subvención por el mismo concepto que se establece en estas bases.
El órgano competente para la convocatoria y resolución de las subvenciones será el Consejero, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla. Las respectivas convocatorias fijarán las cuantías objeto de subvención dentro del crédito presupuestario disponible, atendiendo en todo caso, a lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad, y habrá un plazo de 10 días hábiles para presentar cualquier tipo de alegación.
Documentación relacionada:
- Solicitud genérica
- Anexos de subvenciones institucionales para entidades implantadas en Melilla para el desarrollo de programas y actividades físicas saludables no competitivas
- Autorización para la cesión de datos de carácter personal