Descripción del procedimiento:
(1) Las solicitudes se presentarán debidamente cumplimentadas en el registro general, en cualquiera de las oficinas de información y atención al ciudadano (OIAC), y en la Consejería competente.
(2) Una vez recabada toda la documentación exigida, el personal técnico de la Consejería correspondiente, emitirá un informe-propuesta estimatorio o denegatorio, que se elevará para su resolución.
(3) La notificación se realizará en el domicilio de las personas solicitantes, teniendo que pasar el beneficiario a recoger el talonario de los bonos concedidos por las oficinas de la Consejería.
(4) Por último se remitirá regularmente a los titulares de los taxis adaptados el listado actualizado de las personas beneficiarias de los bonos con indicación de su número de usuario.
Requisitos:
- Personas con discapacidad física, afectadas de graves dificultades.
- Tener nacionalidad española, o residencia legal en el territorio nacional.
- Estar empadronado en la Ciudad Autónoma de Melilla y tener residencia efectiva, al menos con 1 año de antelación a la fecha de formulación.
- Ser mayor de 16 años y tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad.
- Ser persona afectada de graves dificultades de movilidad, necesitado de silla de ruedas obligatoriamente.
- Carecer de vehículo propio adaptado y que ninguno de los miembros de la Unidad Económica de Convivencia Independiente (UECI) de la que forma parte la persona beneficiaria sea propietario de vehículo adaptado.
- No tener derecho a este servicio a través de organismo público o privado.
- Los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la SS y con Hacienda, y no encontrarse inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas.
- No disfrutar en la UECI, a la que se pertenezca de una renta mensual.
Documentación relacionada:
- Solicitud específica
- Autorización para la cesión de datos de carácter personal