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Concesión de subvención directa, convenios con entidades (SUBVENCIONES)

Descripción

Procedimiento para la concesión de subvenciones directas nominativas previstas en los Presupuestos de la Ciudad y directas por razones sociales, humanitarias, y otras que dificulten la convocatoria pública.

Incluye la aprobación de Convenios de Colaboración con la diferentes entidades.

Finalidad

Procedimiento para la concesión de subvenciones directas nominativas previstas en los Presupuestos de la Ciudad y directas por razones sociales, humanitarias, y otras que dificulten la convocatoria pública

Incluye la aprobación de Convenios de Colaboración con las diferentes entidades.

Quién lo puede presentar

Personas físicas y juridicas

Plazos de presentación

Permanente, pero supeditado a la previsión presupuestaria

Presentación

Sede electrónica de la Ciudad Autonoma de Melilla

Órgano gestor

CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA

Plazo de resolución

3 meses

Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos

Si resuelve el Consejo de Gobierno: recurso potestativo de reposición (art. 88 b) y 93 ambos del RGOB)

Si resuelve el Consejero/a, el recurso procedente es el de alzada ante la Presidencia de la Ciudad (art. 92.1 del RGOB)

Normativa básica

Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla. BOE núm. 62 de 14 de marzo de 1995.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE núm. 276 de 18 de noviembre de 2003.

Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, Reglamento General de la Ley General de Subvenciones (BOE núm. 176 de 21 de julio de 2006)

Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla de 13 de julio de 2005. BOME núm. 4224, de 9 de septiembre de 2005.

Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad (BOME núm. 2 extraord. de 30 de enero de 2017).

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. BOE núm. 59 de 9 de marzo de 2004.

Información adicional

La entidad deberá presentar una solicitud, acompañada de memoria de actividades y económica, así como las declaraciones responsables preceptivas (documentos adjuntos)

Deberá sujetarse a Informe técnico o Memoria Justificativa  de la Dirección General correspondiente y posterior dictamen de la Secretaría Técnica, para, posteriormente, ser sometida a fiscalización previa.

Una vez realizada la actividad subvencionada, deberá presentarse la Rendición de Cuenta Justificativa (OBLIGATORIA)

-Órgano competente para resolver:

La concesión de la subvención corresponderá, en virtud de lo establecido en el artículo 16 en relación con el artículo 20 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla al Consejero competente por razón de la materia.

No superando los 18.000 euros, no será necesaria su aprobación por el Consejo de Gobierno ex art. 16.1. 27 y 33.5 letra k) ambos del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad.

Convenios de Colaboración:

Corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la celebración, modificación, prórroga o extinción de los convenios interadministrativos, cualquiera que sea la denominación o cuantía de éstos, incluidos los de cuantía indeterminada o que hayan de extenderse a ejercicios posteriores con una duración no superior a cuatro años, conforme a lo establecido en el artículo 16.1ª.7º del presente Reglamento ( Art. 44 del Reglamento del Gobierno y de la Administración - BOME nº 2 extraordinario. de 30 de enero 2017- en adelante RGA).Si supera estos límites corresponde al Pleno de la Asamblea.

    La firma de los Convenios celebrados con la Administración General del Estado (y por extensión, los concertados con las Universidades Públicas) y que suscriban los Ministros (o autoridades competentes en el Estado o Administración institucional) corresponderá al Consejero competente por razón de la materia, previamente autorizado por el Consejo de Gobierno, salvo que por su relevancia institucional se encomiende su firma al Presidente (Art. 46 RGA).

Enlace a formularios de solicitud

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a presentar
Representación
Poder de representación suficiente, cuando el firmante de la solicitud lo sea en representación de una persona jurídica
Documento acreditativo de la identidad (Representante)
Documentación
Documento acreditativo de la identidad
Solicitud especifica
Memoria Económica y Explicativa del proyecto o actuaciones a financiar
Declaración responsable sobre percepción de otras ayudas económicas, solicitadas o recibidas para la misma finalidad de otras Administraciones Públicas, Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales
Declaración responsable no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según (art. 13 de la Ley General de Subvenciones) y de no tener pendiente de presentar justificación de subvención anterior concedida por la CAM
Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según (art. 13 de la Ley General de Subvenciones) y de no tener pendiente de presentar justificación de subvención anterior concedida por la Ciudad Autónoma de Melilla
Certificado de la entidad bancaria donde se especifique el Código Cuenta Cliente del solicitante (20 dígitos), en documento original
Declaración responsable sometimiento a las actuaciones de comprobación, justificación y control
Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro (artículo 21 y 25 del Reglamento de subvenciones)
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